Es el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, un impuesto nacional equivalente al 1,5% del valor de venta del inmueble.
¿Quienes deben pagarlo y en qué casos?
El ITI lo tributan las personas físicas y sucesiones indivisas al momento de vender una propiedad. Sólo aplica a la venta de inmuebles que hayan sido adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2017 inclusive.Excepciones: este impuesto no alcanza a las personas jurídicas, ni a las propiedades adquiridas a partir del 1° de enero de 2018. Tampoco se paga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles si la propiedad que se vende es una vivienda (“casa-habitación”) y se va a hacer un reemplazo de la misma. En este caso, deberá tramitarse el “Certificado de No Retención de ITI”.